Esquiadores y snowboarders: Derechos asociados al Forfait
Se acerca el invierno, la estación favorita de los esquiadores. Algunos adquiriremos nuestro forfait directamente en las estaciones de esquí, y otros lo recibiremos como un servicio adicional al contratar un viaje combinado en la agencia de viajes. Todos sabemos que el forfait es imprescindible para acceder a los remontes, y que su formato, precio y características varían en función de la estación de esquí y de la temporada, pero ¿conocemos los derechos que nos confiere el forfait?
Nuestros derechos al adquirir un forfait
Como en casi todos los contratos de adhesión que formalizamos en nuestra vida cotidiana sin saberlo (compra de un bono metrobús, la compra de una SIM, la contratación del seguro del coche,…), al comprar un forfait estamos aceptando unas condiciones generales, asumiendo unas obligaciones y adquiriendo unos derechos. Las obligaciones, en este caso, suelen estar expuestas al público en las oficinas de venta de las estaciones de esquí o, a veces, incluidas en el reverso del pase: la no transferibilidad del documento, el deber de conservación, el deber de observancia de las normas de la estación y el respeto a las señales son algunas de ellas. Sin embargo, a los derechos que nos confiere el forfait no se les da tanta publicidad.
Debemos saber que al adquirir un forfait dejamos de estar simplemente en la montaña y pasamos a ser usuarios de los servicios de las pistas con un título físico y jurídico que prueba nuestro uso del medio y nos otorga el derecho a reclamar las indemnizaciones que procedan por los daños corporales sufridos como consecuencia del mal estado de los transportes. Por eso es muy importante que conservemos el forfait, o el documento acreditativo de haberlo adquirido y consumido en una fecha determinada si se tratara de un forfait electrónico que debamos devolver ala Estación.En el último caso, si necesitáramos poner una reclamación, podemos solicitar ala Estación que nos permita conservarlo hasta el finalizar el proceso.
En el precio del forfait se incluye un Seguro Obligatorio de Viajeros (S.O.V) que cubre los daños corporales que podamos sufrir por el mal estado de los remontes. En caso de accidente, tendremos el derecho a recibir una atención primaria en la pista, asistencia sanitaria en caso de incapacidad temporal o permanente y a la percepción de la indemnización calculada en base a las consecuencias de los daños sufridos, quedando excluidos como beneficiarios aquellos usuarios que en el momento del accidente se encontrasen bajo los efectos de alcohol o drogas o estuviesen realizando actos dolosos.
Sin embargo, el S.O.V. no cubre nunca los daños materiales a causa del mal estado de los remontes (por ejemplo, si se nos rompieran las gafas al engancharse la chaqueta en la barandilla rota de un telesilla). En este caso nos cubriría el seguro de circulación del transportista, y en caso de que éste no atendiera nuestra reclamación, el arbitraje de transportes. El Forfait (o su factura, en el caso de Forfaits electrónicos que se devuelven tras su uso) será el documento que acredite a efectos legales que en esa fecha nos encontrábamos en ese preciso lugar.
¿Cómo reclamar si sufrimos daños corporales o materiales por mal estado de los remontes?
Depende de si hemos adquirido el forfait directamente en pista, o incluido en un viaje combinado.
Si lo hemos comprado directamente en la Estación, nos dirigiremos a ésta, o en su caso, a la aseguradora con quien la Estación haya contratado el tipo de seguro que de cobertura a nuestros daños (recordemos, corporales al S.O.V. y materiales al seguro de circulación). La Estación está obligada a facilitarnos una información completa y veraz en su Oficina de Atención al Cliente, y de poner a nuestra disposición el libro de reclamaciones.
Si nuestro fortait está incluido en un viaje combinado, debemos saber que:
a) Si la Agenciade Viajes es la organizadora del viaje, nos podemos dirigir directamente a ella, que lo pasará a su aseguradora, sin perjuicio de la opción de repetición de ésta contra la aseguradora de la Estación.
b) Si la Agencia es la distribuidora de un paquete de viaje organizado por una mayorista, podemos dirigir la reclamación a cualquiera de las dos para que nos indemnicen sus aseguradoras, sin perjuicio de que éstas negocien con la aseguradora dela Estación.
Para mayor información sobre los derechos adquiridos con el Forfait, podéis consultar el reglamento de ATUDEM de 1994 (Título Primero, Capítulo Sexto).
El forfait no nos cubre si sufrimos un accidente o si causamos daños a terceros
La empresa que explota la pista no es responsable, sin embargo, de los daños que sufran los esquiadores durante la bajada por una caída como consecuencia de su propia falta de técnica, pues el esquí es un deporte gratuito y libre, y cada cual debe conocer sus propias limitaciones, elegir la pista adecuada a su nivel y tomar las medidas de seguridad necesarias para evitar las caídas y los choques. Además, la Federación Internacionalde Esquí también establece unas obligaciones para los esquiadores cuya inobservancia les puede acarrear consecuencias civiles e incluso penales (por ejemplo, embestir a otros deportistas por una mala maniobra o por el mal estado del equipo, o provocar un accidente, no auxiliar al accidentado o no pasarle tus datos)
Cuando adquirimos un vehículo a motor, la ley nos exige la contratación de un seguro pues existe una gran riesgo de sufrir un accidente y causar daños a terceros. Sin embargo, no se exige legalmente que los esquiadores contratemos un seguro de responsabilidad civil privada cuando sufrir un siniestro en pistas es casi inevitable (por la velocidad que alcanzamos, por la concurrencia de las estaciones y por la maniobrabilidad que tenemos), y la probabilidad de que con nuestra caída dañemos a un tercero o sus bienes es altísima. Es aconsejable que aquellos que practiquemos el esquí contratemos un seguro de responsabilidad privada, nos puede salir extremadamente rentable.



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