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	<title>Intermundial</title>
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	<description>Información de calidad para viajeros, hecha por viajeros</description>
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		<title>Plan de actuación de Iberia para los afectados por la huelga del 29 de diciembre</title>
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		<pubDate>Mon, 26 Dec 2011 17:19:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Yo, Ávido Viajero</dc:creator>
				<category><![CDATA[Equipaje]]></category>
		<category><![CDATA[España]]></category>
		<category><![CDATA[derecho de pasajeros]]></category>
		<category><![CDATA[huelga]]></category>
		<category><![CDATA[Iberia]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>El pasado 18 de diciembre, la huelga pilotos de Iberia convocada por la sección sindical del Sepla dio lugar  la cancelación de 91 vuelos y afectó al tráfico aéreo de diferentes rutas que partían hacia las islas, Europa y América.</p> <p>Dos días más tarde se confirmaba una nueva huelga para el próximo jueves 29 de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<div id="attachment_644" class="wp-caption aligncenter" style="width: 310px"><a href="http://www.intermundialseguros.com/plan-de-actuacion-de-iberia-para-los-afectados-por-la-huelga-del-29-de-diciembre/639/shutterstock_44887894_bajado-300x199" rel="attachment wp-att-644"><img class="size-medium wp-image-644" title="Huelga Iberia" src="http://www.intermundialseguros.com/wp-content/uploads/2011/12/shutterstock_44887894_bajado-300x1991.jpg" alt="Plan de actuación de Iberia para los afectados por la huelga" width="300" height="199" /></a><p class="wp-caption-text">Plan de actuación de Iberia para los afectados por la huelga</p></div>
<p>El pasado 18 de diciembre, la huelga pilotos de Iberia convocada por la sección sindical del Sepla dio lugar  la cancelación de 91 vuelos y afectó al tráfico aéreo de diferentes rutas que partían hacia las islas, Europa y América.</p>
<p>Dos días más tarde se confirmaba una nueva huelga para el próximo jueves 29 de diciembre. Una huelga que provocará la cancelación de 118 vuelos: 10% de largo radio, 38% de medio radio y 43% de  vuelos nacionales.</p>
<p>La aerolínea ha anunciado que no se verán afectados los vuelos de Air Nostrum, ni los de Vueling, ni los operados por otras compañías en Código Compartido, y que las conexiones con las Islas Canarias y Baleares están garantizadas con servicios mínimos.</p>
<p>Además, ha afirmado que ha alcanzado acuerdos con otras aerolíneas para reubicar a los clientes con destino a Europa, América y próximo Oriente cuyos vuelos se vean  afectados.</p>
<p>Por último, ha anunciado que a  todos los clientes perjudicados por la huelga que lo soliciten se les reembolsará el billete no utilizado o se les reubicará en otros vuelos.</p>
<p><strong>¿Cómo?</strong></p>
<p>-         Si has contratado el billete a través de una agencia de viajes, debes gestionar con ella la modificación  o el reembolso.</p>
<p>- Si has contratado el billete en la web de Iberia, recibirás un mensaje de la Aerolínea sobre la incidencia que se haya producido en su vuelo y una opción alternativa de viaje, siempre que sea viable.  Y si lo solicitas, te  facilitará los cambios y reembolsos de los billetes de vuelos cancelados por la huelga.</p>
<p>Para más información, contacta con el servicio de Atención al Cliente de Iberia, 902 100 988, o visita la <a title="web de Iberia" href="http://www.iberia.com/OneToOne/v3/cargarDetalleEmergencias.do?IdEmergencyDetail=539982060&amp;tabId=3">página web de Iberia</a>, allí podrás verificar el estado de tu vuelo ó solicitar el reembolso. Conoce los vuelos cancelados en  el siguiente link:</p>
<p>http://grupo.iberia.es/content/GrupoIberia/Noticias/Sala%20de%20Prensa/2011/Documentos/Vuelos%20cancelados-29%20dic.pdf</p>
<p>¡Te  deseamos un buen viaje!<a href="http://www.intermundialseguros.com/plan-de-actuacion-de-iberia-para-los-afectados-por-la-huelga-del-29-de-diciembre/639/shutterstock_44887894_bajado" rel="attachment wp-att-640"><br />
</a></p>
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		</item>
		<item>
		<title>Comparativa de las aerolíneas low cost más utilizadas</title>
		<link>http://www.intermundialseguros.com/condiciones-particulares-de-las-aerolineas-low-cost-mas-utilizadas/580</link>
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		<pubDate>Mon, 21 Nov 2011 17:42:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Yo, Ávido Viajero</dc:creator>
				<category><![CDATA[Low Cost]]></category>
		<category><![CDATA[Reclamaciones]]></category>
		<category><![CDATA[Vuelos]]></category>
		<category><![CDATA[Condiciones]]></category>
		<category><![CDATA[Easyjet]]></category>
		<category><![CDATA[LowCost]]></category>
		<category><![CDATA[RyanAir]]></category>
		<category><![CDATA[Vueling]]></category>

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		<description><![CDATA[<p>Debido a la gran cantidad de dudas que generan las aerolíneas low cost entre los viajeros, hemos preparado un cuadro muy completo donde se comparan las más utilizadas en España: RyanAir, Vueling y Easyjet. Dentro del mismo podréis ver cómodamente las diferencias entre sus políticas de reclamaciones, modificaciones, cancelaciones de reservas, check-in online, peso y [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Debido a la gran cantidad de dudas que generan las aerolíneas low cost entre los viajeros, hemos preparado un cuadro muy completo donde se comparan las más utilizadas en España: <strong>RyanAir, Vueling y Easyjet</strong>. Dentro del mismo podréis ver cómodamente las diferencias entre sus <strong>políticas de reclamaciones, modificaciones, cancelaciones de reservas, check-in online, peso y medidas de los equipajes.</strong><br />
<!DOCTYPE html PUBLIC "-//W3C//DTD XHTML 1.0 Transitional//EN" "http://www.w3.org/TR/xhtml1/DTD/xhtml1-transitional.dtd"><br />
<html xmlns="http://www.w3.org/1999/xhtml"><br />
<head><br />
<meta http-equiv="Content-Type" content="text/html; charset=UTF-8" /></p>
<style type="text/css">
body #tabla {
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<p>}
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<p>}
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<p>#tabla  a {
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<p>}</p>
</style>
<p></head></p>
<p><body></p>
<div id="tabla">
<table border="0" cellspacing="0" cellpadding="0">
<tr>
<td width="25%">&nbsp;</td>
<td width="25%" valign="top">
<p class="compañia">Ryanair </p>
<p>807 110 182</p>
<p><strong><a href="http://www.ryanair.com/es/terminos-y-condiciones">Términos y Condiciones</a></strong></p>
</td>
<td width="183" valign="top">
<p class="compañia">EasyJet</p>
<p>902 599 900</p>
<p><strong><a href="http://www.easyjet.com/es/Reserve/conditions.html">Términos y Condiciones</a></strong></p>
</td>
<td width="187" valign="top">
<p class="compañia">Vueling </p>
<p>807 200 100</p>
<p><strong><a href="http://www.vueling.com/ES/info/conditions.php">Términos y Condiciones</a></strong></p>
</td>
</tr>
<tr>
<td width="25%" valign="top">
<p class="titulo">Facturación online</p>
</td>
<td width="25%" valign="top" >
<p>Art. 6 </p>
<ul>
<li>Se puede realizar la facturación online  desde los 15 días previos al viaje,  hasta cuatro horas antes de la hora de salida. </li>
<li>La tarjeta de embarque se imprimirá  de forma individual, so pena de un cargo de reemisión de 40€ /pers.</li>
</ul>
</td>
<td valign="top">
<p>Art. 7 </p>
<ul>
<li>La posibilidad de facturación se indica en la confirmación de reserva del viaje. En caso afirmativo, se podrá facturar hasta dos horas antes de la salida del vuelo.</li>
<li>Se debe imprimir la tarjeta de embarque de forma individual, so pena de un cargo de reemisión de 40€/pers.</li>
</ul>
</td>
<td valign="top">
<p>Art. 9</p>
<ul>
<li> Siempre que el vuelo lo permita, el check in online se podrá realizar entre los 7 días previos al viaje y hasta 4 horas antes de la salida. </li>
<li>Restricciones en cuanto a bebés o menores no acompañados. </li>
</ul>
</td>
</tr>
<tr>
<td width="180" valign="top">
<p class="titulo">Equipaje
<p/></td>
<td width="189" valign="top">
<p>Art. 6 y 8. Anexos: Equipaje.</p>
<ul>
<li><strong> Equipaje a facturar.</strong><br />
          Se cobrará un cargo a los equipajes de peso superior  a 15 kg. </li>
<li><strong>Equipaje de mano.</strong><br />
  Gratuito si pesa  menos de 10 kg y respeta las dimensiones permitidas (55 x 40 x 20 cm). </li>
</ul>
</td>
<td valign="top">
<p>Art. 9.4 – 9.7
        </p>
<ul>
<li><strong>Equipaje a facturar.<br />
          </strong><br />
          Se cobrará un cargo a los equipajes con un peso superior  a 20 kg.</li>
<li><strong> Equipaje de mano.</strong><br />
Gratuito si sus dimensiones son  inferiores a 56 x 45 x 25 cm. </li>
</ul>
</td>
<td valign="top">
<p>Art. 8.6
        </p>
<ul>
<li><strong>Equipaje a facturar.</strong><br />
Se cobrará un cargo a los equipajes con un peso superior a 23 kg.</li>
<li><strong>Equipaje de mano.</strong><br />
Gratuito si pesa menos de 10 Kg.y respeta las dimensiones permitidas  (55 x 40 x 20 cm). Si fuera superior,  se facturará, y se cobrarán 20€ por trayecto. </li>
</ul>
</td>
</tr>
<tr>
<td width="180" valign="top">
<p class="titulo">Modificación del billete</p>
</td>
<td width="189" valign="top">
<p>Materias específicas</p>
<ul>
<li>El Cambio de fechas, horarios o rutas del vuelo,  hasta cuatro horas antes de la salida, tiene un coste de 75€ por persona y trayecto, más la diferencia de tarifa aplicable.</li>
<li> El Cambio del  nombre del pasajero, hasta cuatro horas antes de la salida, tiene un importe de 160 €/pax. </li>
</ul>
</td>
<td valign="top">
<p>Art. 6.2</p>
<ul>
<li> El cambio del nombre del pasajero o del vuelo hasta dos horas antes de la salida prevista supone un recargo por<br />
          persona y trayecto, más la  diferencia de la tarifa aplicable.</li>
<li> La modificación del titular del billete hasta una hora antes de la salida del vuelo supone un cargo por pasajero y trayecto. </li>
</ul>
</td>
<td valign="top">
<p>Art. 6.2</p>
<ul>
<li>El cambio fecha, hora o destino del vuelo hasta dos horas antes de la salida, tiene un coste de  39€ por persona y trayecto, al que hay que añadir la diferencia de tarifa aplicable en el momento de la modificación.     </li>
<li> La modificación del nombre del pasajero cueste 50€ por persona, más la diferencia de tarifa aplicable en el momento de la modificación. </li>
</ul>
</td>
</tr>
<tr>
<td width="180" valign="top">
<p class="titulo">Cancelación <br />
      del billete</p>
</td>
<td width="189" valign="top">
<p>Art. 4.2.1 y 10.3.</p>
<ul>
<li> No permitida. Sólo se podrá solicitar el reembolso de impuestos estatales.</li>
<li> Habrá reembolso en el caso de fallecimiento de un familiar directo (cónyuge,  padres, hijos&#8230;), catorce días previos al viaje y adjuntando documentación. </li>
</ul>
</td>
<td valign="top">
<p>Art. 6.6</p>
<ul>
<li>No tramita expedientes de reembolso</li>
<li> Si no se utiliza el vuelo, se puede solicitar el reembolso del impuesto (APD) al que se le deducirá un importe de gestión. (Art. 11.2) </li>
</ul>
</td>
<td valign="top">
<p>Art. 6.2</p>
<ul>
<li>No permitida. Solo se podrá solicitar el reembolso de los impuestos estatales, sujetos a una tarifa de 20€ por persona. </li>
<li>Habrá reembolso en el caso de fallecimiento de un familiar directo (cónyuge,  padres, hijos&#8230;), catorce días previos al viaje, previa solicitud y no más tarde de la fecha prevista de viaje, adjuntando certificado de defunción. </li>
</ul>
</td>
</tr>
<tr>
<td width="180" valign="top">
<p class="titulo">Reclamaciones</p>
</td>
<td width="189" valign="top">
<p>Deber presentarse a través de correo electrónico o fax, utilizando los formularios de reclamación disponibles en:</p>
<p><a href="http://www.ryanair.com/es/preguntas/contacto-con-el-servicio-de-atencion-al-cliente">contacto</a></p>
</td>
<td valign="top">
<p>Easyjet dispone en su página web  de un enlace para contactar con ellos para solicitar información o presentarles reclamaciones: </p>
<p><a href="http://easyjet-es.custhelp.com/app/moreanswers/c/1655">contacto</a></p>
</td>
<td valign="top">
<p>En su página web, selecciona la opción quejas, y otros: </p>
<p><a href="http://www.vueling.com/EN/form_contacto/n.php?mode=&amp;sid=">contacto</a></p>
</td>
</tr>
<tr>
<td width="180" valign="top">
<p class="titulo">Cancelaciones, retrasos ó desvíos de vuelos de la aerolínea</p>
</td>
<td colspan="3" valign="top">
<p>Se aplica el reglamento Reglamento (CE) N º 261/20049 explicado en nuestro <a href="http://www.intermundialseguros.com/%C2%BFcancelaron-tu-vuelo-aprende-a-reclamar/312">Post</a></p>
</td>
</tr>
</table>
</div>
<p></body><br />
</html></p>
<p>Ten en cuenta que esta información puede estar sujeta a nuevos cambios por parte de las aerolíneas.</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Si has sufrido la cancelación de Aerolíneas Argentinas y los retrasos provocados por ella, estos son tus derechos</title>
		<link>http://www.intermundialseguros.com/%c2%bfhas-sufrido-la-cancelacion-de-aerolineas-argentinas-y-los-retrasos-provocados-por-ella-estos-son-tus-derechos/556</link>
		<comments>http://www.intermundialseguros.com/%c2%bfhas-sufrido-la-cancelacion-de-aerolineas-argentinas-y-los-retrasos-provocados-por-ella-estos-son-tus-derechos/556#comments</comments>
		<pubDate>Fri, 18 Nov 2011 15:49:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Yo, Ávido Viajero</dc:creator>
				<category><![CDATA[Derechos]]></category>
		<category><![CDATA[Vuelos]]></category>
		<category><![CDATA[Aerolíneas Argentinas]]></category>
		<category><![CDATA[Cancelaciones]]></category>
		<category><![CDATA[Retrasos]]></category>

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		<description><![CDATA[<p style="text-align: center;"> <p>El sábado 12 y domingo 13 de noviembre,  Aerolíneas Argentinas suspendió todos sus vuelos internacionales que partían del aeropuerto de Ezeiza en Buenos Aires, el principal de Argentina, a causa, según fuentes oficiales, de la  protesta del sindicato del personal técnico aeronáutico (APTA). Aunque el titular de la APTA negó que tuvieran [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;">
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	<img class="ngg-singlepic ngg-center" src="http://www.intermundialseguros.com/wp-content/gallery/cache/1__420x340_vuelos-cancelados1.jpg" alt="vuelos-cancelados1" title="vuelos-cancelados1" />
</a>
</p>
<p>El sábado 12 y domingo 13 de noviembre,  Aerolíneas Argentinas suspendió todos sus vuelos internacionales que partían del aeropuerto de Ezeiza en Buenos Aires, el principal de Argentina, a causa, según fuentes oficiales, de la  protesta del sindicato del personal técnico aeronáutico (APTA). Aunque el titular de la APTA negó que tuvieran algo que ver con la medida de fuerza, el gobierno lo denunció ante la justicia el mismo lunes 14 por negarse a acatar la conciliación obligatoria dictada para tratar de solucionar el conflicto. En mitad del conflicto, la presidenta decidió por decreto nacionalizar la aerolínea.</p>
<p>La reacción en cadena ha sido inminente. A consecuencia de este parón, muchos viajeros se han visto atrapados en el aeropuerto a la espera de una reubicación en otro vuelo, además de sufrir una serie de grandes retrasos.</p>
<p>En el condicionado general de Aerolíneas Argentinas se indica que si un vuelo de esta compañía tiene su origen en algún aeropuerto dentro de un Estado miembro de la Unión Europea, se aplicará el Reglamento (CE) nº261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo. En dicho reglamento, se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de cancelación o gran retraso de vuelos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p align="center"><strong>DERECHO A INFORMACIÓN</strong></p>
<p>En el mostrador de facturación de la aerolínea debe figurar de forma claramente visible un anuncio con el siguiente texto:</p>
<blockquote><p>“en caso de cancelación o retraso de su vuelo superior a dos horas, solicite en el mostrador de facturación o en la puerta de embarque el texto en el que figuran sus derechos, especialmente en materia de compensación y asistencia”</p></blockquote>
<p>Además la aerolínea debe proporcionar a cada uno de los pasajeros afectados un impreso en el que se indiquen las normas en materia de compensación o asistencia.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p align="center"><strong>CANCELACIÓN</strong><strong> </strong></p>
<p>El reglamento dispone que en caso de cancelación,  tienes derecho a información y asistencia.</p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">Información: </span></strong>Tienes derecho a recibir una explicación relativa a los posibles transportes alternativos.</p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">Asistencia: </span></strong>Tienes derecho a recibir gratuitamente de la aerolínea<strong><span style="text-decoration: underline;">, </span></strong>comida y refrescos suficientes, en función del tiempo de espera; y a dos llamadas telefónicas, télex, mensajes de fax o correos electrónicos gratuitos.</p>
<p>En función de que el vuelo se haya adquirido como un servicio suelto, o forme parte de un servicio combinado, los derechos del pasajero variarán.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">I. Si el vuelo se adquirió como un servicio suelto:</span></strong></p>
<p>La aerolínea debe ofrecerte las siguientes opciones: reembolso o  transporte alternativo y, en algunos casos, una compensación.</p>
<p><strong>Reembolso: </strong></p>
<p><strong></strong>Reembolso del coste íntegro del billete en el precio al que se compró, correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas y a la parte o partes del viaje efectuadas, si el vuelo ya no tiene razón de ser en relación con tu plan inicial. Dicho reembolso se efectuará en siete días.</p>
<p>Junto con el reembolso, cuando proceda, un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible.</p>
<p>Pagar una compensación conforme si puede probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Transporte Alternativo:</strong></p>
<p><strong></strong>Hasta el destino final en condiciones de transporte comparables, lo más rápidamente posible; o hasta el destino final, en condiciones de transporte comparables, en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles.</p>
<p>Además, si existen varios aeropuertos, y has tenido que trasladarte de un aeropuerto a otro, la aerolínea correrá con los gastos de transporte del pasajero desde ese segundo aeropuerto hasta el aeropuerto para el que efectuó la reserva o hasta otro lugar cercano convenido con el pasajero.</p>
<p>Si tienes <em></em>que pernoctar una o varias noches por la salida del nuevo vuelo, se te facilitará:</p>
<p>- Alojamiento en un hotel.</p>
<p>- Transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento (hotel u otros).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Compensación: </strong>en este caso, al tratarse de una causa de fuerza mayor, no tendrás derecho a una compensación económica por los daños sufridos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">II. Si el vuelo forma parte de un viaje combinado:</span></strong></p>
<p>El Reglamento (CE) nº 261/2004 remite a la Directiva europea 90/314 sobre viajes combinados, donde se establece que organizador y/o el detallista tiene la obligación de ofrecerte otras soluciones para la continuación del mismo, sin suplemento alguno de precio, e incluso indemnizarte con el importe de las diferencias entre las prestaciones previstas y las suministradas. Si las soluciones que te ofrecen fueran inviables o tú no las aceptaras por razones válidas, debe suministrarte en caso necesario, y sin suplemento alguno de precio, un medio de transporte equivalente para que puedas volver al lugar de salida o a cualquier otro lugar de regreso que ambos hayáis convenido.o hay obligación de ofrecerte una compensación económica por los daños sufridos al tratarse de una causa de fuerza mayor.</p>
<p align="center"><strong> </strong></p>
<p align="center"><strong>RETRASOS</strong></p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">I. Si el vuelo se adquirió como un servicio suelto:</span></strong></p>
<div><strong>Derecho a asistencia:</strong></div>
<div>Si la aerolínea prevé un retraso:</div>
<p>A. De dos horas o más <strong>en vuelos de 1500 km o menos</strong> o <strong>vuelos entre 1500 y 3500 kilómetros, </strong>tienes derecho a:</p>
<p>Comidas y refrescos suficientes en función del tiempo de espera y, en los casos en que sea necesario pernoctar, alojamiento en hotel.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>B. En retrasos de <strong>cuatro horas o más en el caso de todos los vuelos no comprendidos entre los kilómetros mencionados, </strong>tienes derecho a:</p>
<p>Comida y refrescos suficientes, en función del tiempo que sea necesario esperar; así como, alojamiento en un hotel en los casos en que sea necesario pernoctar una o varias noches, o bien cuando sea necesaria una estancia adicional a la prevista por el pasajero.</p>
<p>Adicionalmente, tienes derecho al transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento (hotel u otros); así como el reembolso<strong> </strong>en siete días del coste íntegro del billete en el precio al que se compró correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas, y a la parte o partes del viaje efectuadas, si el vuelo ya no tiene razón de ser en relación con el plan de viaje inicial del pasajero, junto con, cuanto proceda, un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>C. En  retrasos<strong> de 5 horas como mínimo, </strong>tienes derecho a<strong> </strong></p>
<p>Reembolso, en siete días, del coste íntegro del billete en el precio que se compró correspondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas y a la parte o partes del viaje efectuadas, si el vuelo ya no tiene razón de ser en relación con el plan de viaje inicial del pasajero, junto con, cuando proceda,  de un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>*Si el vuelo se ha realizado como mínimo al día siguiente de la hora anunciada</strong></p>
<p>Se dará alojamiento en un hotel en el caso que sea necesario pernoctar una o varias noches, o que sea necesaria una estancia adicional a la prevista por el pasajero, además de cubrir el transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento. Así como un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible.</p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>Derecho a compensación</strong></p>
<p>Los pasajeros recibirán una compensación por valor de:</p>
<ol start="1">
<li>250 euros para vuelos de hasta 1500 kilómetros.</li>
<li>400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1500 km y para todos los demás vuelos de entre 1500 y 3500 km.</li>
<li>600 euros para todos los vuelos no comprendidos en a) o b).</li>
</ol>
<p>La distancia se determinará tomando como base el último destino al que el pasajero llegará con retraso en relación con la hora prevista debido a la denegación de embarque o a la cancelación.</p>
<p>Esta compensación se abonará en metálico, por transferencia bancaria electrónica, transferencia bancaria, cheque, o previo acuerdo firmado por el pasajero, bonos de viaje u otros servicios</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">II. Si el vuelo forma parte de un viaje combinado</span></strong></p>
<p>Tiene derecho a recibir la asistencia, el reembolso de los servicios no disfrutados pero no una indemnización, pues según el artículo 5.2 de la  directiva 90/314/CEE sobre  los daños sufridos por los pasajeros,  la responsabilidad no recae en la mayorista y/o la minorista al tratarse de un caso de fuerza mayor, es decir “un acontecimiento que el organizador y/o el detallista, o el prestatario, poniendo toda la diligencia necesaria, no podían prever ni superar”</p>
<p>Para información sobre cómo reclamar, puedes consultar nuestro post <strong><a title="¿Cancelaron tu vuelo? Aprende a reclamar" href="http://www.intermundialseguros.com/%C2%BFcancelaron-tu-vuelo-aprende-a-reclamar/312" target="_blank">¿Cancelaron tu vuelo? Aprende a reclamar</a></strong></p>
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		</item>
		<item>
		<title>Viajo al extranjero, ¿qué pasa con mi móvil?</title>
		<link>http://www.intermundialseguros.com/viajo-al-extranjero-%c2%bfque-pasa-con-mi-movil/513</link>
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		<pubDate>Fri, 21 Oct 2011 15:11:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Yo, Ávido Viajero</dc:creator>
				<category><![CDATA[Llamadas]]></category>
		<category><![CDATA[Roaming]]></category>
		<category><![CDATA[Turismo]]></category>
		<category><![CDATA[Viajes]]></category>
		<category><![CDATA[Movistar]]></category>
		<category><![CDATA[Orange]]></category>
		<category><![CDATA[Vodafone]]></category>

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		<description><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/viajo-al-extranjero-%c2%bfque-pasa-con-mi-movil/513/intermundial-tarifas-roaming" rel="attachment wp-att-514"></a></p> <p>Gracias al servicio de roaming que proporcionan los principales operadores de servicios de telefonía móvil, hoy en día los usuarios podemos seguir disfrutando de los servicios que nos proporcionan nuestros terminales cuando viajamos fuera de la zona geográfica en la que contratamos tales servicios, es decir, cuando viajamos al extranjero.</p> <p>Esto [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/viajo-al-extranjero-%c2%bfque-pasa-con-mi-movil/513/intermundial-tarifas-roaming" rel="attachment wp-att-514"><img class="aligncenter size-full wp-image-514" title="Intermundial-tarifas-roaming" src="http://www.intermundialseguros.com/wp-content/uploads/2011/10/Intermundial-tarifas-roaming.jpg" alt="" width="432" height="345" /></a></p>
<p>Gracias al servicio de <strong><em>roaming</em></strong> que proporcionan los principales operadores de servicios de telefonía móvil, hoy en día los usuarios podemos seguir disfrutando de los servicios que nos proporcionan nuestros terminales cuando viajamos fuera de la zona geográfica en la que contratamos tales servicios, es decir, cuando viajamos al extranjero.</p>
<p>Esto es posible gracias a los acuerdos entre las empresas de telefonía móvil de los distintos países, que nos permiten el uso automático de la red de otra empresa extranjera, pudiendo de este modo recibir o enviar llamadas desde nuestro teléfono más allá del área de servicio local de nuestra compañía contratada. Por este motivo, las tarifas que se apliquen no dependen del operador de destino, sino del país al que viajemos.</p>
<p>Las ventajas que este servicio nos ofrece son que, además de facilitarnos el uso de nuestro teléfono como si estuviéramos en España, en la mayoría de los casos, la activación del servicio suele ser gratuita, aunque puede ser necesario realizarla antes de abandonar el territorio español.</p>
<p>En el caso de <strong>Vodafone</strong>, el servicio de <em>roaming</em> se activa por defecto automáticamente cuando damos de alta la línea. Sin embargo, antes de salir de viaje, es recomendable confirmar que lo tenemos activado llamando al número gratuito 123 (Servicio de Atención al Cliente), o al +34 607 123 000 desde el extranjero,  teniendo un coste igual al de una llamada a España.</p>
<p>Los clientes de <strong>Movistar</strong>, tenemos que activar el servicio de <em>roaming</em> marcando gratuitamente desde un móvil de esta compañía o de otra el número de Atención al Cliente 1004; o el <strong>34 699 991 004</strong>, si llamamos desde el extranjero, teniendo el coste de una llamada internacional según la tarifa que tengamos contratada.</p>
<p>Si nos fijamos en <strong>Orange</strong>, los clientes de contrato tenemos que comprobar si  tenemos el servicio de <em>roaming</em> activado llamando al número de Atención al Cliente 470, pero si somos cliente de tarjeta no necesitamos solicitar la activación del servicio, sino que podemos realizar llamadas con cargo a nuestra tarjeta de prepago directamente.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Llamadas a otro país, ¿con prefijo o sin prefijo?</strong></p>
<p>Lo habitual es marcarlo, aunque suele haber variaciones sobre la disponibilidad de los servicios de<em> roaming</em> y sobre los prefijos a marcar, dependiendo de las compañía telefónica y de si nuestro teléfono es de contrato o de prepago, estando más limitados los convenios de<em> roaming</em> entre compañías para el caso de los terminales de prepago.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>VODAFONE</strong></p>
<p>Centrándonos en el caso de <strong>Vodafone</strong>, existen diferencias a la hora de marcar o no el prefijo entre el cliente de contrato y el de tarjeta:</p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">Si somos clientes de Contrato</span></strong></p>
<p><strong>-Para llamar a España tendremos que marcar: </strong></p>
<p>Código internacional salida o signo + / Prefijo España (34) / Número fijo o móvil.</p>
<p><strong>-Para llamar desde el extranjero a otro país distinto a España, la distinción radica en que la llamada se haga  a un  teléfono fijo o móvil:</strong></p>
<p><strong>Teléfono Fijo:</strong> Código internacional salida o signo + / Prefijo internacional del país de origen del teléfono al que se quiere llamar / prefijo de la ciudad (si lo tuviera) / Número teléfono fijo.</p>
<p><strong>Teléfono Móvil:</strong> Código internacional de salida o signo + / Prefijo internacional del país de origen del teléfono al que se quiere llamar/ Número de teléfono móvil.<br />
-<strong>Para realizar llamadas dentro del país extranjero a fijos o móviles de ese país:</strong></p>
<p><strong>Teléfono móvil:</strong> Código internacional salida o signo + / Prefijo internacional del país origen del teléfono al que quieres llamar / Número teléfono móvil.</p>
<p><strong>Teléfono fijo:</strong> Código internacional salida o signo + / Prefijo internacional del país al que se quiere llamar / Prefijo de la ciudad (si lo tuviera) / teléfono fijo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">Si somos clientes de Tarjeta</span></strong></p>
<p>Para realizar llamadas existen dos opciones en función de la tecnología disponible en el operador del país al que nos desplacemos.</p>
<p>1. Desde un país con <a title="tecnología CAMEL" href="http://en.wikipedia.org/wiki/Customised_Applications_for_Mobile_networks_Enhanced_Logic" target="_blank">tecnología CAMEL</a> a España, tenemos que marcar el número de teléfono de destino sin necesidad de código internacional. Marcaremos como si estuviésemos en España.</p>
<p>2. Desde un país sin tecnología CAMEL:</p>
<p>-<strong>Para llamar a</strong> un teléfono en España: debemos marcar *139* Número de destino # y tecla de llamada.</p>
<p>-<strong>Para llamar a</strong> un teléfono internacional: debemos marcar *139*00 / Código del país / Código zona / Número de destino / # y tecla de llamada.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>MOVISTAR</strong></p>
<p>Para efectuar una llamada desde el extranjero, podemos realizar llamadas sin marcar ningún prefijo. Aunque en algunos países, en función del operador con el que tengan convenio, tendremos marcar los siguientes prefijos, diferenciando igualmente si somos clientes de contrato o de tarjeta prepago:</p>
<p><strong><strong><span style="text-decoration: underline;">Si somos clientes de Contrato:</span></strong></strong></p>
<p><strong>-Para llamar a España:</strong></p>
<p>0034 + Número fijo o móvil</p>
<p><strong>-Para realizar llamadas a otros destinos:</strong></p>
<p>Prefijo internacional de salida + Prefijo del país + Número de teléfono fijo o móvil</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><strong><span style="text-decoration: underline;">Si somos clientes de Tarjeta</span></strong></strong></p>
<p><strong>-Para llamar a España:</strong></p>
<p>*100* + Número fijo o móvil</p>
<p><strong>-Para realizar llamadas a otros destinos:</strong></p>
<p>*100* Prefijo internacional de salida + Prefijo del país + Número de teléfono fijo o móvil.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>ORANGE</strong></p>
<p>En el supuesto de <strong>Orange</strong>, para poder realizar llamadas, debemos tener en cuenta lo siguiente:</p>
<p><span style="text-size: 9pt;"><strong><span style="text-decoration: underline;">Si somos clientes de <strong>Contrato</strong>: </span></strong></span></p>
<p>-Para realizar llamadas desde el extranjero debemos marcar 00 ó + seguido del prefijo del país (34 para España) y del número de teléfono completo, fijo ó móvil.<br />
<span style="text-decoration: underline;"><br />
<strong>Si somos cliente de Tarjeta:</strong></span></p>
<p>Podemos marcar directamente como si estuviéramos en España, sin marcar ningún prefijo.</p>
<p>En los principales operadores, si son las personas que están en España las que desean llamarnos, no deben marcar ningún prefijo, solo tienen que marcar nuestro número de teléfono normalmente.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>¿Quién corre con el gasto de las llamadas y de los mensajes de texto cuando nos encontramos en el extranjero?  </strong></p>
<p><strong>Llamadas</strong></p>
<p>En líneas generales, la persona que se desplaza al extranjero es la que corre con el gasto del tramo de la llamada correspondiente al plano internacional.</p>
<p>- Si la persona que está en el extranjero efectúa una llamada a España, pagará el total de esta llamada, atendiendo al plan de precios que tenga establecido para las llamadas internacionales.</p>
<p>- Si la persona que está en el extranjero recibe una llamada desde España, es ella quién asume el coste del tramo que sobrepase el ámbito nacional, pagando la persona que llama desde España únicamente el precio correspondiente a una llamada nacional, ya que no tiene por qué saber que la persona a la que está llamando no se encuentra en España.</p>
<p><strong>Mensajes de texto</strong></p>
<p>La persona que manda el mensaje la que hace frente al coste total del mismo, independientemente de que el receptor del mensaje esté en España o en el extranjero. En el segundo caso, el coste de un mensaje de texto internacional enviado desde el extranjero a España suele ser algo más elevado que el de los mensajes nacionales, rondando el precio de 1 Euro aproximado por mensaje –en función de la compañía-; y lo mismo sucede cuando desde España enviamos un mensaje de texto a un país extranjero.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">¿Qué sucede con los servicios de Internet de nuestros móviles cuando viajamos al extranjero? </span></strong></p>
<p>Los usuarios de iPhone, Blackberry, Android…. por lo general tenemos una <span style="text-decoration: underline;">tarifa de datos</span> contratada en España, pero ésta no es válida cuando estamos conectado a una red extranjera, por lo que antes de salir de viaje debemos, o bien desconectarla, llamando al número de Atención al Cliente de su operador &#8211; lo que cancelará nuestros servicios de Internet en el extranjero, no teniendo acceso a nuestro correo ni a ningún servicio de Internet- ; o bien, informarnos y dar de alta la tarifa de datos aplicable en el extranjero, para evitar así sorpresas de última hora al recibir nuestra factura…</p>
<p><strong><span style="text-decoration: underline;">Otras opciones para llamar desde el extranjero</span></strong></p>
<p><strong>Liberar el móvil</strong></p>
<p>Otra opción a la hora de viajar al extranjero con nuestro teléfono móvil es la de llevar un terminal liberado y adquirir en nuestro lugar de destino una tarjeta SIM de un operador nacional de ese país, alternativa bastante conveniente si vamos a efectuar un viaje de larga duración, ya que las tarifas locales suelen ser bastante más económicas.</p>
<p><strong>Comprar una tarjeta telefónica</strong></p>
<p>También podemos adquirir en el país extranjero una tarjeta telefónica -de un número de minutos predeterminado-, gracias a la que podremos llamar desde cualquier teléfono marcando el código asociado que lleva y siguiendo sus instrucciones.</p>
<p>En definitiva, existe un amplio abanico de tarifas y posibilidades a la hora de viajar al extranjero con nuestro móvil, que varía en función de la compañía concreta a la que pertenezcamos, y sobre las que informarnos no nos llevará más de unos minutos, llamando al Servicio de Atención al Cliente de nuestro operador. Eso sí, ¡no hay que olvidar un adaptador para poder cargar nuestro móvil durante las vacaciones en el extranjero!</p>
<p>&nbsp;</p>
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		</item>
		<item>
		<title>Esquiadores y snowboarders: Derechos asociados al Forfait</title>
		<link>http://www.intermundialseguros.com/esquiadores-y-snowboarders-derechos-asociados-al-forfait/483</link>
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		<pubDate>Thu, 20 Oct 2011 08:24:50 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Yo, Ávido Viajero</dc:creator>
				<category><![CDATA[Jurídico]]></category>
		<category><![CDATA[Nieve]]></category>
		<category><![CDATA[Viajes]]></category>
		<category><![CDATA[Derechos]]></category>
		<category><![CDATA[Esquí]]></category>
		<category><![CDATA[Forfait]]></category>
		<category><![CDATA[Snowboard]]></category>

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		<description><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/esquiadores-y-snowboarders-derechos-asociados-al-forfait/483/intermundial-derechos-forfait-2" rel="attachment wp-att-485"></a></p> <p>Se acerca el invierno, la estación favorita de los esquiadores. Algunos adquiriremos nuestro forfait directamente en las estaciones de esquí, y otros lo recibiremos como un servicio adicional al contratar un viaje combinado en la agencia de viajes. Todos sabemos que el forfait es imprescindible para acceder a los remontes, y [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/esquiadores-y-snowboarders-derechos-asociados-al-forfait/483/intermundial-derechos-forfait-2" rel="attachment wp-att-485"><img class="aligncenter size-full wp-image-485" title="Intermundial-Derechos--Forfait" src="http://www.intermundialseguros.com/wp-content/uploads/2011/10/Intermundial-Derechos-Forfait1.jpg" alt="" width="566" height="375" /></a></p>
<p>Se acerca el invierno, la estación favorita de los esquiadores. Algunos adquiriremos nuestro forfait directamente en las estaciones de esquí, y otros lo recibiremos como un servicio adicional al contratar un viaje combinado en la agencia de viajes. Todos sabemos que el forfait es imprescindible para acceder a los remontes, y que su formato, precio y características varían en función de la estación de esquí y de la temporada, pero <strong>¿conocemos los derechos que nos confiere el forfait?</strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>Nuestros derechos al adquirir un forfait</strong></p>
<p>Como en casi todos los contratos de adhesión que formalizamos en nuestra vida cotidiana sin saberlo (compra de un bono metrobús, la compra de una SIM, la contratación del seguro del coche,…), al comprar un forfait estamos aceptando unas condiciones generales, asumiendo unas obligaciones y adquiriendo unos derechos. <strong>Las obligaciones</strong>, en este caso, suelen estar expuestas al público en las oficinas de venta de las estaciones de esquí o, a veces, incluidas en el reverso del pase: <strong>la no transferibilidad del documento, el deber de conservación, el deber de observancia de las normas de la estación y el respeto a las señales son algunas de ellas.</strong> Sin embargo, a los derechos que nos confiere el forfait no se les da tanta publicidad.</p>
<p>Debemos saber que al adquirir un forfait dejamos de estar simplemente en la montaña y pasamos a ser usuarios de los servicios de las pistas con un título físico y jurídico que prueba nuestro uso del medio y nos otorga el <strong>derecho a reclamar las indemnizaciones que procedan por los daños corporales sufridos como consecuencia del mal estado de los transportes</strong>. Por eso es <span style="text-decoration: underline;">muy importante que conservemos el forfait</span><span style="text-decoration: underline;">,</span> o el documento acreditativo de haberlo adquirido y consumido en una fecha determinada si se tratara de un forfait electrónico que debamos devolver ala Estación.En el último caso, si necesitáramos poner una reclamación, podemos solicitar ala Estación que nos permita conservarlo hasta el finalizar el proceso.</p>
<p>En el precio del <strong>forfait se incluye un Seguro Obligatorio de Viajeros (S.O.V)</strong> que cubre los daños corporales que podamos sufrir por el mal estado de los remontes.  En caso de accidente, tendremos el derecho a recibir una atención primaria en la pista, asistencia sanitaria en caso de incapacidad temporal o permanente y a la percepción de la indemnización calculada en base a las consecuencias de los daños sufridos, quedando excluidos como beneficiarios aquellos usuarios que en el momento del accidente se encontrasen bajo los efectos de alcohol o drogas o estuviesen realizando actos dolosos.</p>
<p>Sin embargo, el S.O.V. no cubre nunca los daños materiales  a causa del mal estado de los remontes (por ejemplo, si se nos rompieran las gafas al engancharse la chaqueta en la barandilla rota de un telesilla). En este caso nos cubriría el seguro de circulación del transportista, y en caso de que éste no atendiera nuestra reclamación, el arbitraje de transportes. El Forfait (o su factura, en el caso de Forfaits electrónicos que se devuelven tras su uso) será el documento que acredite a efectos legales que en esa fecha nos encontrábamos en ese preciso lugar.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>¿Cómo reclamar si sufrimos daños corporales o materiales por mal estado de los remontes?</strong></p>
<p>Depende de si hemos adquirido el forfait directamente en pista, o incluido en un viaje combinado.</p>
<p><em>Si lo hemos comprado directamente en la Estación</em>, nos dirigiremos a ésta, o en su caso, a la aseguradora con quien la Estación haya contratado el tipo de seguro que de cobertura a nuestros daños (recordemos, corporales al S.O.V. y materiales al seguro de circulación). La Estación está obligada a facilitarnos una información completa y veraz en su Oficina de Atención al Cliente, y de poner a nuestra disposición el libro de reclamaciones.</p>
<p><em>Si nuestro fortait está incluido en un viaje combinado</em>, debemos saber que:</p>
<p>a)      Si la Agenciade Viajes es la organizadora del viaje, nos podemos dirigir directamente a ella, que lo pasará a su aseguradora, sin perjuicio de la opción de repetición de ésta contra la aseguradora de la Estación.</p>
<p>b)      Si la Agencia es la distribuidora de un paquete de viaje organizado por una mayorista,  podemos dirigir la reclamación a cualquiera de las dos para que nos indemnicen sus aseguradoras, sin perjuicio de que éstas negocien con la aseguradora dela Estación.</p>
<p>Para mayor información  sobre los derechos adquiridos con el Forfait, podéis consultar el reglamento de ATUDEM de 1994 (Título Primero, Capítulo Sexto).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>El forfait no nos cubre si sufrimos un accidente o si causamos daños a terceros</strong></p>
<p>La empresa que explota la pista no es responsable, sin embargo,  de los daños que sufran los esquiadores durante la bajada por una caída como consecuencia de su propia falta de técnica,  pues el esquí es un deporte gratuito y libre, y cada cual debe conocer sus propias limitaciones, elegir la pista adecuada a su nivel y tomar las medidas de seguridad necesarias para evitar las caídas y los choques.  Además, la Federación Internacionalde Esquí también establece unas obligaciones para los esquiadores cuya inobservancia les puede acarrear consecuencias civiles e incluso penales (por ejemplo, embestir a otros deportistas por una mala maniobra o por el mal estado del equipo, o provocar un accidente, no auxiliar al accidentado o no pasarle tus datos)</p>
<p>Cuando adquirimos un vehículo a motor, la ley nos exige la contratación de un seguro pues existe una gran riesgo de sufrir un accidente y causar daños a terceros. Sin embargo, no se exige legalmente que los esquiadores contratemos un seguro de responsabilidad civil privada cuando sufrir un siniestro en pistas es casi inevitable (por la velocidad que alcanzamos, por la concurrencia de las estaciones y por la maniobrabilidad que tenemos), y la probabilidad de que con nuestra caída dañemos a un tercero o sus bienes es altísima. Es aconsejable que aquellos que practiquemos el esquí contratemos un seguro de responsabilidad privada, nos puede salir extremadamente rentable.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/esquiadores-y-snowboarders-derechos-asociados-al-forfait/483/intermundial-derechos-forfait" rel="attachment wp-att-484"><br />
</a></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
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		<item>
		<title>Requisitos necesarios para crear una agencia de viajes</title>
		<link>http://www.intermundialseguros.com/%c2%bfque-requisitos-necesito-para-crear-una-agencia-de-viajes/451</link>
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		<pubDate>Fri, 07 Oct 2011 15:44:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Yo, Ávido Viajero</dc:creator>
				<category><![CDATA[Agencia de viajes]]></category>
		<category><![CDATA[España]]></category>
		<category><![CDATA[Viajes]]></category>
		<category><![CDATA[Requisitos]]></category>

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		<description><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/%c2%bfque-requisitos-necesito-para-crear-una-agencia-de-viajes/451/intermundial-agencias" rel="attachment wp-att-454"></a></p> <p>Para conocer los requisitos necesarios para crear una Agencia de Viajes, ya sea  mayorista, minorista o mayorista-minorista,  debemos acudir a la Ley de Agencias de Viajes de la Comunidad Autónoma correspondiente. Los pasos a seguir en cada Comunidad son similares.</p> <p>La  Directiva <a title="texto íntegro del acta" href="http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi%21celexplus%21prod%21DocNumber&#38;lg=es&#38;type_doc=Directive&#38;an_doc=2006&#38;nu_doc=123" target="_blank">2006/123/CE</a> del Parlamento [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/%c2%bfque-requisitos-necesito-para-crear-una-agencia-de-viajes/451/intermundial-agencias" rel="attachment wp-att-454"><img class="aligncenter size-full wp-image-454" title="Intermundial-agencias" src="http://www.intermundialseguros.com/wp-content/uploads/2011/10/Intermundial-agencias.jpg" alt="" width="533" height="338" /></a></p>
<p>Para conocer los requisitos necesarios para crear una Agencia de Viajes, ya sea  mayorista, minorista o mayorista-minorista,  debemos acudir a la Ley de Agencias de Viajes de la Comunidad Autónoma correspondiente. Los pasos a seguir en cada Comunidad son similares.</p>
<p>La  <strong>Directiva</strong><strong> <a title="texto íntegro del acta" href="http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi%21celexplus%21prod%21DocNumber&amp;lg=es&amp;type_doc=Directive&amp;an_doc=2006&amp;nu_doc=123" target="_blank">2006/123/CE</a></strong> del Parlamento Europeo y del Consejo del 12 de diciembre de 2006 relativa a los servicios en el mercado interior, establece que cualquier persona física o jurídica puede vender <span style="text-decoration: underline;">servicios turísticos sueltos</span> sin necesidad de un título licencia.</p>
<p>No obstante, la normativa establece la exclusividad a las Agencias de Viajes para la venta de <span style="text-decoration: underline;">viajes combinados</span>. Esto quiere decir que si una persona física o jurídica desea vender viajes combinados deberá abrir una Agencia de Viajes. Para ejercer la actividad, es necesario que la empresa realice una <strong><span style="text-decoration: underline;">comunicación o declaración responsable</span></strong> ante la <strong>Dirección General</strong><strong> de Turismo </strong>de la Comunidad Autónoma donde radique el domicilio social de la empresa. Dicha declaración de responsabilidad está regulada por las distintas leyes de turismo de las diferentes Comunidades Autónomas, por lo que habrá que atender a la legislación correspondiente.</p>
<p>Para abrir una Agencia de Viajes, al igual que para constituir cualquier empresa, lo primero que hay que saber es la forma jurídica que se va a adoptar, ya sea como autónomo o como empresa. Una vez aclarado, los pasos a seguir son los siguientes:</p>
<p><strong>- Si se desea abrir la Agencia de Viajes como autónomo, se precisa:</strong></p>
<p><span style="text-decoration: underline;">1. Declaración censal (IVA).</span> Es la declaración de <strong>comienzo, modificación o cese de actividad</strong>. Este documento lo presentan a efectos fiscales los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios antes de iniciar su actividad ante la Administración de Hacienda o la Delegación correspondiente al domicilio fiscal de la empresa. <strong>Modelo 036.</strong></p>
<p><span style="text-decoration: underline;"> </span><span style="text-decoration: underline;">2. Afiliación y alta en el régimen de autónomos. </span>Este paso es exclusivamente obligatorio para los trabajadores por cuenta propia y para los socios trabajadores de sociedades civiles y mercantiles.  Los documentos que se deben presentar son:</p>
<ol>
<li><a title="Enlace Seguridad Social" href="http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Servicios/Modelosdesolicitude31190/ModeloTA0521Solicit48739/index.htm?ID=48739" target="_blank">Documento de afiliación</a>,</li>
<li>Parte de alta de asistencia sanitaria,</li>
<li>Parte de alta de cotización por cuadriplicado,</li>
<li>Fotocopia del alta en el IAE,</li>
<li>Fotocopia del NIF para el empresario individual y del contrato</li>
<li>CIF si se trata de una sociedad, en el caso de tratarse de un profesional Colegiado, certificado del colegio correspondiente.</li>
</ol>
<p>Tenemos un plazo de 30 días naturales para presentar estos documentos desde que se inicia el Alta en la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente.</p>
<p><span style="text-decoration: underline;">3. Solicitud del Libro de Visitas.</span> El libro de Visita es<strong> obligatorio</strong> para todas las empresas y autónomos, aunque no tengan trabajadores a su cargo, y debe presentarse ante una posible Inspección de Trabajo.</p>
<p><span style="text-decoration: underline;"> </span><span style="text-decoration: underline;">4. Solicitud del número de patronal.</span> Sólo debe hacerse cuando se va a contratar a algún trabajador. De esta manera se inscribe la empresa en la seguridad social que asigna al empresario un Código de cuenta de cotización principal. Dicha inscripción será única y válida para toda la vida de la persona física o jurídica titular de la empresa.</p>
<p><span style="text-decoration: underline;"> </span><span style="text-decoration: underline;">5. Comunicación de Apertura del centro de trabajo.</span> Deben realizarla aquellas empresas que procedan a la apertura de un nuevo centro de trabajo o reanuden la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia. La comunicación se debe hacer en los 30 días siguientes al inicio de la actividad enla Dirección Provincial de trabajo, enla Seguridad Social y en Asuntos Sociales.</p>
<p><strong>- Si, por el contrario, el que desea abrir una empresa es una <span style="text-decoration: underline;">persona jurídica</span>, las pautas que debe seguir para constituirse como tal son los que siguen:</strong></p>
<p>1.  <strong>Constitución</strong><strong> de la Sociedad</strong> mediante los siguientes pasos:</p>
<ul>
<li><span style="text-decoration: underline;">Certificado Negativo del Nombre</span>. Es una certificación acreditativa de que el nombre elegido para la sociedad no coincide con el de otra existente. Se debe solicita,  antes de ir al Notario, en el <strong>Registro Mercantil Central </strong>dela Comunidad Autónoma correspondiente, y se debe presentar una Instancia oficial con los nombres elegidos (un máximo de tres por orden de preferencia).</li>
<li><span style="text-decoration: underline;">Apertura de cuenta bancaria a nombre de la sociedad</span>, ingresando el capital mínimo inicial de la sociedad. El banco entregará un certificado que habrá que presentar al Notario. Con posterioridad, puede utilizarse el dinero ingresado.</li>
<li>Acudir a la Notaríapara la <span style="text-decoration: underline;">elaboración de los Estatutos y de la Escritura de Constitución.</span></li>
<li>Pago en Hacienda de la <span style="text-decoration: underline;">Liquidación</span><span style="text-decoration: underline;"> del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. </span></li>
<li><span style="text-decoration: underline;">Inscripción en el Registro Mercantil de la sociedad</span>, en el plazo de 1 mes desde el otorgamiento de la escritura de constitución por el Notario. Una vez inscrita, ésta <strong>adquiere personalidad jurídica.</strong></li>
</ul>
<p>2. Una vez constituida la sociedad, y para poder comenzar con la actividad de la empresa, se deben realizar las siguientes gestiones con <strong>Hacienda:</strong></p>
<ul>
<li>Solicitud del <span style="text-decoration: underline;">Código de Identificación Fiscal (CIF).</span></li>
<li>Alta en <span style="text-decoration: underline;">el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).</span></li>
<li><span style="text-decoration: underline;">Declaración censal (IVA).</span> Es la declaración de <strong>comienzo, modificación o cese de actividad</strong>, que han de presentar a efectos fiscales los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios antes de iniciar su actividad ante la Administración de Hacienda o Delegación correspondiente al domicilio fiscal de la empresa. <strong>Modelo 036.</strong></li>
</ul>
<p>Una vez realizada la constitución de la empresa, en la forma jurídica elegida, y dada de alta en Hacienda, si lo que se desea es crear una Agencia de Viajes, los siguientes pasos que debe seguir <span style="text-decoration: underline;">tanto el autónoma como la persona jurídica (sociedad)</span> son:</p>
<blockquote><p>1.  Constituir una <strong>fianza o aval</strong> para responder del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la prestación de sus servicios frente a los consumidores y especialmente, del reembolso de los fondos depositados en el supuesto de insolvencia o quiebra. Esta fianza puede aportarse en forma de <strong>Seguro</strong> o como <strong>Aval Bancario</strong>.</p>
<p>Las cantidades a garantizar varían del tipo de Agencia que se quiere constituir, si minorista o mayorista, o ambas a la vez.  Cada Comunidad Autónoma establece sus propias cantidades, por lo que habrá que acudir ala Leyde Agencias de Viajes dela Comunidaden la que radique el domicilio social de la empresa para conocer las mismas.</p>
<p>2. Contratar una póliza de <strong>Responsabilidad Civil</strong>, con tres bloques de cobertura (Responsabilidad Civil de la Explotación, de Daños Patrimoniales Primarios e Indirecta o Subsidiaria), cuyo <strong>capital mínimo</strong> lo establece la normativa de Agencias de Viajes de la respectiva Comunidad Autónoma. Hay que tener en cuenta que, <span style="text-decoration: underline;">en algunas Comunidades autonómicas, no es obligatorio dicho seguro de responsabilidad civil. </span></p>
<p>No obstante, es muy recomendable contratar este seguro ya que proporcionará la tranquilidad y seguridad necesaria para el normal desarrollo de la actividad habitual, en cuanto a las reclamaciones que pudieran presentar los clientes por los daños y perjuicios  que puedan ocasionarles durante el desarrollo de la actividad.</p>
<p>3. Una vez dispongamos de la documentación original de la Pólizade Aval o Aval Bancario, y de la póliza de Responsabilidad en la CCAAque lo requiere, se debe presentar ésta en la <strong>Tesorería</strong><strong> de Caja de la Consejería de Hacienda de la Comunidad respectiva. </strong></p>
<p>4. Llegados a este punto, lo siguiente es presentar en la <strong>Dirección General</strong><strong> de Turismo de la Comunidad Autónoma correspondiente</strong> la siguiente documentación:</p>
<ul>
<li><strong>Declaración Responsable. </strong>Con esto se muestra que<strong> </strong>el establecimiento cumple con los requisitos establecidos en las normas aplicables, así como que comunicará los ceses de actividad, cambios de denominación o cualquier otra modificación de los datos contenidos enla Declaración inicial ala Dirección General de Turismo dela Comunidad correspondiente y que cuenta con los preceptivos permisos y licencias exigibles por otras Administraciones y Organismos Públicos. Esta declaración, como ya se ha comentado antes, sólo será necesaria cuando se vendan viajes combinados.</li>
<li>Póliza de <strong>Seguro de Responsabilidad Civil</strong>, en el caso de que sea obligatoria por ley. Se recomienda la contratación de dicha póliza aunque no se exigida porla Comunidad Autónoma correspondiente.</li>
<li>Copia de los <strong>contratos</strong> a nombre de la empresa o títulos que prueben la disponibilidad de los <strong>locales u oficinas</strong> a favor de la persona física o jurídica que solicita la licencia.</li>
<li>Resguardo de haber presentado en Hacienda la documentación que acredita la constitución de la <strong>fianza</strong>.</li>
<li>Si el solicitante es <strong>empresario individual</strong>, debe presentar: NIF o pasaporte.</li>
<li>Si el solicitante es <strong>compañía o sociedad mercantil</strong>, debe presentar: Copia legalizada dela Escritura de Constitución y de los Estatutos Sociales, debidamente inscrita en el Registro Mercantil dela Comunidad Autónoma, CIF y poder del solicitante, en el caso en que proceda.</li>
</ul>
</blockquote>
<p>Una vez se hayan realizado todos estos trámites, se puede comenzar a operar como Agencia de Viajes, sin perjuicio de que, posteriormente, la Dirección Genera lde Turismo pueda hacer alguna inspección para controlar que se ha cumplido íntegramente conla Ley.</p>
<p>Si necesitáis información adicional o tenéis cualquier duda, no dudéis en dejarnos un comentario.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<item>
		<title>Páginas webs útiles para la organización de tu viaje</title>
		<link>http://www.intermundialseguros.com/webs-utiles-para-la-organizacion-de-un-viaje/440</link>
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		<pubDate>Tue, 04 Oct 2011 15:55:13 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Yo, Ávido Viajero</dc:creator>
				<category><![CDATA[Turismo]]></category>
		<category><![CDATA[Viajes]]></category>
		<category><![CDATA[Webs]]></category>

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		<description><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/webs-utiles-para-la-organizacion-de-un-viaje/440/intermundial-webs" rel="attachment wp-att-441"></a></p> <p>Internet es una excelente herramienta para preparar nuestros viajes. Con un solo clik podemos recabar información muy útil,  que variará en función del tipo de viaje y del destino elegido.</p> <p>Si nos dirigimos al extranjero, conviene conocer   los documentos  para  acceder al país,  las circunstancias poíticas por las que atraviesa [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/webs-utiles-para-la-organizacion-de-un-viaje/440/intermundial-webs" rel="attachment wp-att-441"><img class="aligncenter size-full wp-image-441" title="Intermundial-webs" src="http://www.intermundialseguros.com/wp-content/uploads/2011/10/Intermundial-webs.jpg" alt="" width="425" height="336" /></a></p>
<p>Internet es una excelente herramienta para preparar nuestros viajes. Con un solo clik podemos recabar información muy útil,  que variará en función del tipo de viaje y del destino elegido.</p>
<p>Si nos dirigimos al extranjero, conviene conocer   los documentos  para  acceder al país,  las circunstancias poíticas por las que atraviesa en ese momento,  las condiciones meteorológicas,  la situación sanitaria, los requerimientos médicos (vacunas, profilaxis&#8230;),  la diferencia horaria, la moneda en uso y su equivalencia con el euro, la dirección y teléfono de la embajada y consulado de España&#8230;</p>
<p>Aquí os recomendamos algunas páginas que os serán de gran ayuda:</p>
<p><strong>Webs oficiales:</strong></p>
<p>La página web del Ministerio de Asuntos  Exteriores contiene recomendaciones de viaje de cada uno de  los países del mundo.</p>
<p><a href="http://www.maec.es/es/MenuPpal/Consulares/RecomendacionesDeViaje/Paginas/recomendaciones.aspx">http://www.maec.es/es/MenuPpal/Consulares/RecomendacionesDeViaje/Paginas/recomendaciones.aspx</a></p>
<p>La web del Ministerio del Interior nos informa de  los trámites relacionados con la obtención del DNI o el pasaporte:</p>
<p><a href="http://www.mir.es/">http://www.mir.es/</a></p>
<p>En la página del Ministerio de Sanidadinforma sobre centros de vacunación internacional,  calendarios de vacunación,   situación sanitaria por países,  y consejos sanitarios :</p>
<p><a href="http://www.mspsi.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/salud/home.htm">http://www.mspsi.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/salud/home.htm</a></p>
<p>La de Aena,  información sobre aeropuertos españoles, compañías aéreas y  vuelos:</p>
<p><a href="http://www.aena-aeropuertos.es/csee/Satellite/Aeropuerto-Madrid-Barajas/es/Inicio.html">http://www.aena-aeropuertos.es/csee/Satellite/Aeropuerto-Madrid-Barajas/es/Inicio.html</a></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Para conocer la diferencia horaria: </strong></p>
<p><a href="http://24timezones.com/reloj_hora_exacta.php">http://24timezones.com/reloj_hora_exacta.php</a></p>
<p><a href="http://www.horlogeparlante.com/spanish/when_time.php?sel_city_from=505&amp;sel_day=21&amp;sel_month=06&amp;sel_year=2010&amp;sel_heure=08&amp;sel_min=31#lk1">http://www.horlogeparlante.com/spanish/when_time.php?sel_city_from=505&amp;sel_day=21&amp;sel_month=06&amp;sel_year=2010&amp;sel_heure=08&amp;sel_min=31#lk1</a></p>
<p><strong>Para averiguar la moneda del país y su equivalencia en euros:<br />
</strong></p>
<p><a href="http://www.oanda.com/lang/es/currency/converter/">http://www.oanda.com/lang/es/currency/converter/</a></p>
<p><a href="http://www.conversordivisas.org/conversor-de-divisas.php">http://www.conversordivisas.org/conversor-de-divisas.php</a></p>
<p>http://www.xe.com/ucc/</p>
<p><strong>Para estudiar los mapas:<br />
</strong></p>
<p><a href="http://maps.google.es/">http://maps.google.es/</a></p>
<p><strong>Para conocer  palabras imprescindibles</strong></p>
<p><a href="http://www.diccionarios.com/">http://www.diccionarios.com/</a></p>
<p><a href="http://www.wordreference.com/es/">http://www.wordreference.com/es/</a></p>
<p><strong>Para consultar el tiempo:</strong></p>
<p><a href="http://www.weather.com/">http://www.aemet.es/es/portada</a></p>
<p><a href="http://www.weather.com/">http://www.weather.com/</a></p>
<p><strong>Guías de viajes:</strong></p>
<p><a href="http://shop.lonelyplanet.com/?affil=googleshopEU&amp;s_kwcid=TC%7C22889%7Clonely%20planet%7C%7CS%7Ce%7C7427534054">http://shop.lonelyplanet.com/?affil=googleshopEU&amp;s_kwcid=TC|22889|lonely%20planet||S|e|7427534054</a></p>
<p>Entre otras,  además, las diversas webs oficiales de cada país nos informarán sobre los atractivos naturales y patrimoniales del destino escogido.</p>
<p><strong>Si viajamos por España</strong>:</p>
<p>Consejos prácticos para viajar por nuestro país, exposiciones, recomendaciones al viajero, rutas…:</p>
<p><a href="http://www.spain.info/es/?l=en">http://www.spain.info/es/?l=en</a></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>No hay que olvidar que un buen seguro nos ayudará a resolver cualquier eventualidad que se produzca desde que salimos hasta que volvemos a nuestra casa.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>¡Buen viaje!</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="http://www.flickr.com/photos/poper/90200025/">Imagen de BlubrNL @flickr</a></p>
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		<title>El turista indio del siglo XXI</title>
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		<pubDate>Thu, 29 Sep 2011 17:31:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Yo, Ávido Viajero</dc:creator>
				<category><![CDATA[Temáticos]]></category>
		<category><![CDATA[Turismo]]></category>
		<category><![CDATA[India]]></category>
		<category><![CDATA[Temático]]></category>
		<category><![CDATA[Turistas]]></category>

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		<description><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/el-turista-indio-del-siglo-xxi/430/katrina-kaif-and-hrithik-roshan-la-tomatina-2" rel="attachment wp-att-435"></a></p> <p>Desde que en 1990 India se abrió al mercado,  su economía se ha convertido en la quinta más potente del mundo y ha aflorado una nueva  clase media en expansión ávida de objetos de consumo.  Según el estudio de la consultora McKinsey <a title="The bird of Gold: the rise of India's [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/el-turista-indio-del-siglo-xxi/430/katrina-kaif-and-hrithik-roshan-la-tomatina-2" rel="attachment wp-att-435"><img class="aligncenter size-full wp-image-435" title="Katrina-Kaif-and-Hrithik-Roshan-La-Tomatina" src="http://www.intermundialseguros.com/wp-content/uploads/2011/09/Katrina-Kaif-and-Hrithik-Roshan-La-Tomatina1.jpg" alt="" width="300" height="258" /></a></p>
<p>Desde que en 1990 India se abrió al mercado,  su economía se ha convertido en la quinta más potente del mundo y ha aflorado una nueva  clase media en expansión ávida de objetos de consumo.  Según el estudio de la consultora McKinsey <a title="The bird of Gold: the rise of India's consumer market" href="http://www.mckinsey.com/mgi/reports/pdfs/india_consumer_market/MGI_india_consumer_full_report.pdf">&#8220;El pájaro de oro: el aumento del mercado de consumo en India&#8221;</a>, si bien en 2005 si este segmento de la población suponía únicamente un 5%  (50 millones ) del total, en 2025 superará el 41% (583 millones de personas).</p>
<p>A día de hoy esta clase media  alcanza los 300 millones, un 30% de los más de 1.200 millones de almas que pueblan el Subcontinente.  Aunque los especialistas aseguran que  las  principales preocupaciones de sus integrantes son la educación de sus hijos,  el aumento de su nivel de vida, y la adquisición de objetos de consumo,  las cifras demuestran en los últimos años una repentina  tendencia a viajar.  Según datos ofrecidos por la <a href="http://mkt.unwto.org/sites/all/files/docpdf/unwtohighlights11sphr.pdf)">OMT</a>, esta nueva clase media emitió en 2010  11.5  millones de turistas al extranjero, y se pronostica que en 2011 supere los 50 millones de viajeros.</p>
<p>Sabemos que Europa es después de Asia el  destino favorito de la gran clase media india, y que España podría ser su destino ideal, sin embargo, la industria turística española aún tiene que superar algunos obstáculos para atraer a este nuevo segmento del mercado.</p>
<p><strong>¿Qué dificultades presenta a los turistas indios el destino España? </strong></p>
<p><strong> Problemas culturales, administrativos y de comunicaciones</strong></p>
<p>El primer problema es el desconocimiento de España en India, al no tener suficiente información,  es difícil que los turistas indios elijan  nuestro país como destino vacacional.  El país europeo de referencia en India es el Reino Unido por evidentes razones históricas – India fue colonizada por los  británicos desde 1757 hasta 1947-, y le sigue Suiza por motivos muy distintos: los Alpes suizos han sido escenario de   innumerables películas de Bollywood.</p>
<p>Escoger España como destino comporta además, para los indios, una serie de problemas prácticos.  El primero,  la dificultad en obtener el visado de turista, que exige numerosos trámites y un tiempo mínimo de dos semanas. A continuación, la falta de conexiones aéreas directas a España, lo que supone una desventaja competitiva frente a otros países como Reino Unido, Alemania, Francia o Finlandia, que cuenta con numerosas conexiones a ciudades asiáticas.</p>
<p><strong> Desconocimiento de la cultura india en España<br />
</strong></p>
<p>Una vez en nuestro país, los indios se encuentran con una falta de formación de los representantes de las agencias, transferistas, hoteleros y guías sobre la cultura india. El desconocimiento de su historia, cultura, costumbres, gustos y forma de viajar de los indios lleva a grandes errores que pueden ensombrecer el viaje a España.</p>
<p><strong>Obstáculos a la hora de la comida</strong></p>
<p>Los viajeros indios suelen mostrar poco interés en la gastronomía de otras culturas y buscan destinos con comida adaptada a sus necesidades. Muchos son vegetarianos y en la cultura española es difícil de encontrar un plato que no contenga algo de carne o pescado.  Lo más fácil es averiguar si los viajeros indios son vegetarianos o no y actuar en consecuencia, y por supuesto, no servirles nunca ternera, una nimal sagrado en India.</p>
<p><strong>Ausencia de pequeños detalles que ayudarían mucho</strong></p>
<p>Para cualquier asiático un hervidor de agua en la habitación de un hotel sirve de gran ayuda, los indios beben té constantemente y cuentan con una kettle en todos sus hoteles.</p>
<p><strong>¿Qué  ventajas brinda  España a los viajeros indios? </strong></p>
<p>A pesar de la distancia cultural,  hay  cierta afinidad entre el carácter indio y el español. El hecho de que, a difernecia de otros asiáticos, los indios hablen inglés,   facilita la comunicación con la población local, siempre que encuentren españoles que hablen este idioma.   Por otra parte, los indios tienen un mayor conocimiento de occidente que otros asiáticos por el prolongado periodo de colonialismo británico. Además, existen ciertas similitudes históricas que acercan India y España,  como las invasiones islámicas y un legado artístico musulmán con evidentes elementos comumes en ambos países.  Por otra parte, las preferencias viajeras de los indios a la hora de decidirse por un destino u otro ( simpatía de sus gentes, posibilidad de vivir experiencias nuevas, clima agradable y monumentos emblemáticos) coincide con la imagen de marca que proyecta sobre nuestro país Turespaña.</p>
<p><strong>¿Qué está haciendo España para atraer a los turistas indios? </strong></p>
<p>Turespaña ha empezado con buen pie su intento por hacer llegar el destino España a la población india al utilizar una plataforma de extraordinaria difusión, el cine. Bollywood es la mayor industria cinematográfica del mundo y cualquier película que se estrena allí es visionada por millones de habitantes. Las películas suelen presentar a sus protagonistas, conocidos allí como “héroes”, en escenarios “exóticos”.  Todo indio conoce Suiza porque a menudo se ruedan las escenas  con los Alpes suizos como fondo, de ahí que sea el destino europeo favorito de los indios junto con Reino Unido, Italia  y Grecia, éste último de moda como país de luna de miel.</p>
<p>Desde que en el mes de junio se estrenó en India la película Zindagi Na Milegi Dobara, rodada íntegramente en España y en la que interviene uno de los grándes protagonistas de la industria cinematográfica de Bollywood, Hritikh Roshan, no hay indio que no hable de España. En la actualidad existe , además, una alianza de Turismo español con los productores de la película para promocionar España a través de diferentes acciones de Marketing.</p>
<p>La película, que ha sido rodada en varias ciudades españolas y narra las aventuras de tres jóvenes  en nuestro país, muestra al público nuestros paisajes, y tradiciones. Entre ellas se han seleccionado aquéllas más llamativas, como los Sanfermines,  o las  que puedan presentar mayores afinidades con tradiciones indias, como la tomatina, pues quienes participan en esa fiesta se arrojan tomates unos a otros igual que los indios se lanzan pigmentos de colores en el festival de Holi para celebrar el inicio de la primavera.</p>
<p>Esta misma Semana Turespaña ha presentado en India la campaña &#8220;Smail, you are in Spain&#8221; para promocionar nuestro país en India.</p>
<p>Además, se está planeando inaugurar vuelos directos desde España a India para hacer el viaje más fácil, y agilizar los trámites de los visados para venir a España.</p>
<p>En el siguiente artículo lo dedicaremos del reto que el nuevo viajero chino <a href="http://www.intermundialseguros.com/el-turista-indio-del-siglo-xxi/430/katrina-kaif-and-hrithik-roshan-la-tomatina" rel="attachment wp-att-431"><br />
</a>ofrece a España, y de las medidas que está tomando nuestro país para atraerlo.</p>
<p>http://issuu.com/casaasia/docs/conclusiones_congresoturismo/1</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Hoy 27 de Septiembre, Día Mundial del turismo</title>
		<link>http://www.intermundialseguros.com/hoy-27-de-septiembre-dia-mundial-del-turismo/405</link>
		<comments>http://www.intermundialseguros.com/hoy-27-de-septiembre-dia-mundial-del-turismo/405#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 27 Sep 2011 17:38:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Yo, Ávido Viajero</dc:creator>
				<category><![CDATA[Curiosidades]]></category>
		<category><![CDATA[Turismo]]></category>
		<category><![CDATA[Viajes]]></category>
		<category><![CDATA[Día Mundial del turismo]]></category>

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		<description><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/hoy-27-de-septiembre-dia-mundial-del-turismo/405/intermundial-dia-mundial-del-turismo_low" rel="attachment wp-att-406"></a></p> <p>Hoy se celebran, a lo largo y ancho del planeta, multitud de actos por el Día Mundial del Turismo (DMT), con el Lema de” Turismo y Acercamiento de las Culturas”, como la reunión de destacadas personalidades del mundo del Turismo en Asuán, Egipto.</p> <p>Con motivo de esta celebración podríamos comentar que [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/hoy-27-de-septiembre-dia-mundial-del-turismo/405/intermundial-dia-mundial-del-turismo_low" rel="attachment wp-att-406"><img class="aligncenter size-full wp-image-406" title="Intermundial.Día-mundial-del-turismo_low" src="http://www.intermundialseguros.com/wp-content/uploads/2011/09/Intermundial.D%C3%ADa-mundial-del-turismo_low.jpg" alt="" width="551" height="339" /></a></p>
<p>Hoy se celebran, a lo largo y ancho del planeta, multitud de actos por el Día Mundial del Turismo (DMT), con el <strong>Lema de” Turismo y Acercamiento de las Culturas”,</strong> como la reunión de destacadas personalidades del mundo del Turismo en Asuán, Egipto.</p>
<p>Con motivo de esta celebración podríamos comentar que el Turismo es la “industria sin chimeneas”, el motor de muchos países, como el nuestro, ya que es generador de crecimiento económico y de creación de empleo. O bien que según el “Balance del Turismo” del Instituto de Estudios Turísticos (IET), España, recibió unos 53 millones de turistas internaciones (la población de España son 46 millones de habitantes), cuyos principales mercados fueron Reino Unido, Alemania, Francia o Italia, lo cual nos indica que la actividad turística en nuestro país, supone alrededor del 10% de PIB. También podríamos referir que en términos más globales, se contabilizaron 940 millones de turistas (algo más de veinte veces la población de España). Pero <strong>nuestra finalidad es recordar, en aras de un mundo globalizado basado en las nuevas tecnologías, donde proliferan las agencias de viajes puntocom, las reservas XLM o los billetes electrónicos, los orígenes del Turismo.</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Nos remontamos al Neolítico con los primeros asentamientos, la domesticación de algunos animales, la agricultura, además de surgir el comercio como intercambio de herramientas u otros utensilios.</p>
<p>Los sumerios ya disponían de caminos pavimentados con piedra y arcilla que unían sus ciudades más importantes. A ellos les debemos agradecer la escritura cuneiforme, el barco de vela, la invención del dinero, ó la rueda y el arado. Por aquel entonces, el rey de Babilonia, Hammurabi, realizaba viajes para visitar diferentes ciudades, además de diferentes actos religiosos, igual que harían los faraones egipcios y sus cohortes, poco tiempo después. Se dice que fue la reina Hapshesut la que realizó el primer crucero a lo largo del Nilo.</p>
<p>En época del imperio Persa, encontramos las carreteras imperiales que conectaban las principales ciudades del imperio, además de las primeras postas a pie del camino, donde los viajeros podían descansar y comer o beber algo.</p>
<p>Hallamos grandes desplazamientos en la antigua Grecia Clásica, con motivo de los Juegos Olímpicos, ó las peregrinaciones religiosas hacia los diferentes oráculos como el de Delfos.</p>
<p>En el Imperio Romano descubrimos las visitas a termas como la de Caracalla, o grandes movimientos de población para disfrutas de espectáculos como teatros ó circos, además de las visitas a segundas residencias, las Villas.</p>
<p>Ya enla EdadMedia, se originaron las grandes peregrinaciones religiosas del Cristianismo y del Islam a destinos como Tierra Santa, Lourdes,la Mecao Santiago de Compostela.</p>
<p>En plena Edad Moderna, en el siglo XVI, surge el conocido Grand Tour, que era un viaje de estudios para jóvenes aristócratas Ingleses, que, con motivo de completar su formación, les enviaban a diferentes lugares de la vieja Europa, por una duración de tres o cinco años.</p>
<p>El Siglo XIX, marcó un punto de inflexión en la forma de viajar. Se dice que <strong>el Turismo nació con la Revolución Industrial</strong>, y es, en este periodo, donde se producen las primeras travesías transoceánicas a América, el turismo de montaña o de salud a sanatorios ó clínicas privadas, el turismo de ola en playas frías como Niza… Thomas Cook, en 1841 organizó un viaje en ferrocarril para más de 500 personas, cuyo precio ya incluía el billete de tren y la comida, siendo el precursor de los viajes organizados. Él mismo creó, en 1845, la primera agencia de viajes “Thomas Cook and son”, enviando ya en1851, ala Exposición Universal de Londres, alrededor de 165.000 personas.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Y esto fue sólo el principio…</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="http://www.flickr.com/photos/poper/90200025/">Imagen de Antonio Martínez @flickr</a></p>
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		<title>Nueve consejos para evitar robos si viajas a España</title>
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		<pubDate>Fri, 23 Sep 2011 17:07:57 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Yo, Ávido Viajero</dc:creator>
				<category><![CDATA[España]]></category>
		<category><![CDATA[Robos]]></category>
		<category><![CDATA[Turismo]]></category>
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		<description><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/9-consejos-para-evitar-robos-si-viajas-a-espana/396/intermundial-calle-preciados_low" rel="attachment wp-att-402"></a></p> <p>En España, tercera potencia turística mundial, el turismo es uno de los principales sectores productivos. A su vez, según fuentes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, nuestro país se ha convertido en uno de los estados más seguros de la Unión Europea con una tasa de criminalidad de más de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.intermundialseguros.com/9-consejos-para-evitar-robos-si-viajas-a-espana/396/intermundial-calle-preciados_low" rel="attachment wp-att-402"><img class="aligncenter size-full wp-image-402" title="Intermundial-calle-preciados_low" src="http://www.intermundialseguros.com/wp-content/uploads/2011/09/Intermundial-calle-preciados_low.jpg" alt="" width="598" height="256" /></a></p>
<p>En España, tercera potencia turística mundial, el turismo es uno de los principales sectores productivos. A su vez, según fuentes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, <strong>nuestro país se ha convertido en uno de los estados más seguros</strong> <strong>de la Unión Europea</strong> con una tasa de criminalidad de más de 20 puntos por debajo de la media europea. Aun así, y a pesar de los esfuerzos de nuestro Gobierno, siguen dándose casos de robos a turistas extranjeros, que pueden echar a perder un viaje y menoscaban la imagen de nuestro país en el extranjero.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Recomendaciones de organismos nacionales.</strong></p>
<p>Desde distintas instituciones y organismos españoles de consumo y turismo (entre los que destacan los Servicios de Atención al Turista) se elaboran listados de recomendaciones de seguridad que ayudan a minimizar los riesgos con los que se pueden encontrar los turistas:</p>
<p>&nbsp;</p>
<blockquote><p>1. Seguir las mismas medidas de autoprotección que recomienda la Policía de su país e incluso extremar la precaución al encontrarse en una ciudad nueva y desconocida.</p>
<p>2. Seguir los consejos del personal de su agencia de viajes y hotel.</p>
<p>3. Depositar parte de sus pertenencias (dinero, documentos…) en la caja fuerte del hotel.</p>
<p>4. En sus paseos, llevar consigo únicamente la documentación imprescindible y evitar hacer ostentación de bienes valiosos (dinero, cámaras, joyas…).</p>
<p>5. Ser cauto cuando se utilicen cajeros automáticos y procurar no pagar con tarjetas de crédito en mercadillos o para abonar pequeñas sumas.</p>
<p>6. Mantener sus pertenencias siempre a la vista y controladas, en especial proteger su bolso o cartera en los transportes públicos y en grandes aglomeraciones.</p>
<p>7. En los locales, no dejar sus pertenencias (teléfono, cámara…) encima de la mesa, ni el bolso en el respaldo de la silla.</p>
<p>8. Desconfiar de las ayudas sospechosas (avisos de manchas en la ropa, averías en el vehículo, etc.).</p>
<p>9. En la medida de lo posible, procurar no transitar por lugares solitarios o poco iluminados.</p></blockquote>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Sugerencias a la hora de viajar a España de gobiernos de otros países.</strong></p>
<p>Por regla general, las sugerencias realizadas por los gobiernos de otros países coinciden con las vistas anteriormente. Podemos destacar algunas otras como fotocopiar el pasaporte y los billetes de avión o tren y guardarlos en un lugar distinto a los originales o no dejar objetos de valor dentro de los coches de alquiler.</p>
<p>Desde países como Estados Unidos, Reino Unido y Canadá advierte a sus ciudadanos que muchos de los robos que ocurren en España se realizan por grupos de personas organizadas o mediante fraude. Destacan robos que están teniendo lugar por personas que se hacen pasar por policías, confiscando objetos de valor como si fuesen medios de prueba. Recomiendan que se aseguren que se trata de un verdadero agente de la autoridad mediante el uniforme o pidiéndole una identificación.</p>
<p>Finalmente, ante cualquier incidencia se aconseja ponerse en contacto con el Servicio de Atención al Turista, las comisarías de policía correspondientes o, en su caso, con las oficinas consulares de su país en España.</p>
<p>Como última opción siempre quedaría la opción de contratar un seguro en su país de origen para cubrir posibles eventualidades.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>¿Crees que hay algún consejo importante que hemos pasado por alto? Compártelo con todos para que no vuelva a pasar.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="http://www.flickr.com/photos/landahlauts/2783761136/#/">Imagen de Landahlauts @flickr</a></p>
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